Renomar | Los tribunales dan la razón a RENOMAR y avalan la legalidad de los parques eólicos de la zona 8 del plan eólico de la Comunidad Valenciana
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Los tribunales dan la razón a RENOMAR y avalan la legalidad de los parques eólicos de la zona 8 del plan eólico de la Comunidad Valenciana

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha validado el Plan especial para la ordenación de la zona 8 del Plan Eólico de la Comunidad Valenciana, lo que en definitiva supone la legalidad de los tres parques que RENOMAR, Energías Renovables Mediterráneas, S.A. tiene construidos en los términos municipales de Chelva, Andilla, la Yesa y Calles.

El TSJCV, en sentencia dictada el pasado 22 de noviembre, ha acordado desestimar íntegramente el recurso presentado contra dichos parques por Acció Ecologista Agró. La organización ecologista alegaba una fraudulenta fragmentación de los parques eólicos de RENOMAR que el tribunal valenciano ha rebatido de forma contundente.

Según dicha sentencia, el hecho de que RENOMAR haya dividido los parques en potencias inferiores a 50 MW no constituye ningún fraude de ley ni pretende obtener rentabilidades con cargo a los presupuestos generales del Estado como alegaban los ecologistas. El tribunal considera que en la zona 8 hay tres parques eólicos diferenciados: Peñas de Dios, con 39 MW; Peñas de Dios II, con 28.50 MW; y Cerro de la Nevera, con 31,50 MW. Tres peritos han corroborado estos hechos. El tribunal concluye que aunque toda la energía producida va a un transformador común de 40kV/132kV, cada uno de los parques tiene un transformador previo que delimita la potencia del parque, con lo cual cada parque se conecta de forma independiente y evacua energía de forma independiente a un transformador común. De hecho, un fallo en uno de los circuitos no produce incidencias en otros parques eólicos porque son independientes. Con este argumento, el Tribunal desestima la acusación realizada por los ecologistas que aseguraban que la única finalidad de RENOMAR fragmentando los parques eólicos era acceder al régimen especial de primas del gobierno central.

El TSJ, en su sentencia, también afirma que RENOMAR ha respetado todos los trámites de información pública y ha cumplido con los trámites administrativos que la legislación le exige: Estudios de Impacto Ambiental y Declaración de Impacto Ambiental.

RENOMAR es en la actualidad el principal promotor de energía eólica de toda la Comunidad Valenciana. Además de los tres parques que operan en la provincia de Valencia, tiene otros 10 en funcionamiento en la provincia de Castellón. Con 490,5 MW de potencia instalada, RENOMAR se ha convertido en la empresa eólica líder en la Comunidad y en la séptima compañía a nivel nacional, según datos confirmados por la Asociación Empresarial Eólica.



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